domingo, 12 de noviembre de 2023

¿A favor? ¿En Contra? Yo anulo

 




Leyendo, releyendo y comparando los textos constitucionales en disputa, lo cierto es que no hay una diferencia esencial. Tal vez la única es que aquello que se dejaba a la interpretación del legislador, hoy es más claro, más profundo, más detallado. Un ejemplo son temas como la educación y las pensiones. En ambos ítems, todo lo que en la Constitución del 80 eran enunciados como "libertad de enseñanza" o "derecho a elegir", en este nuevo texto está profundizado y se enfatiza en la matriz ideológica que define toda la lógica institucional.

Hay que ser justos. A diferencia de la Constitución cuestionada, se habla de educación pública y Estado social de derecho, pero todo aquello no tiene mayor relevancia si el contenido mismo de los artículos conduce hacia un Estado débil, tímidamente regulador, que está al servicio de la excesiva "libertad" de ciertas instituciones privadas. Y que no tiene un espíritu societal macizo.

¿Por qué se prioriza la autonomía de los establecimientos por sobre la capacidad del Estado para regularlos? ¿Qué significa que el aparato público pueda regular según ciertos estándares salvo el principal estándar no medible llamado "libertad de enseñanza"? ¿Cómo se sabe que eso no atenta en contra de la prohibición de establecimientos educacionales de no profesar ideas políticas? (¿Se recuerda que la política no es patrimonio de la "política partidista"?) ¿No es acaso la profundización de lo mismo? ¿No existe algo intermedio entre la excesiva "libertad" de los padres de educar a sus hijos y cierta seguridad del Estado para que toda esa responsabilidad no recaiga sobre ellos?

Y en materia de pensiones, ¿no es acaso una profundización de una idea en particular de la seguridad social lo que afirma que los trabajadores son propietarios de sus pensiones? ¿Acaso eso no establece que, independientemente de las opciones públicas y privadas, haya una sola de garantizar esa "certeza" repleta de incertidumbres?

Por esto, ¿vale la pena hacer campaña por una u otra opción cuando, en el fondo, no hay un antagonismo real entre los dos textos? A estas alturas tengo serias dudas. Tal vez el gran motivo para mantener lo que está ya establecido es que el quorum es más bajo para hacer reformas. ¿Pero se podrán hacer esas reformas sin articulación política? Parece todo un gran laberinto que nos llevará siempre a donde mismo. Al mismo lugar ideológico. Al mismo terreno sin salida que hará que las explosiones sociales tengan el mismo tenor, con la misma búsqueda de certezas en cualquier lugar salvo en las instituciones.

Es cierto, las controversias sociales no son patrimonio de un modelo político y económico. No hay algo así como un terreno sin conflictos ni antagonismos. Aquello es una ilusión romanticona de los emocionados con algo sobre lo que teorizan pero no se atreven a probar. Sin embargo, sí se pueden mitigar algunas evidentes falencias. Intentarlo. Y pareciera que no se quiere.

Por lo tanto, algunos (realmente hablo en mi caso solamente, porque no sé de otros) creemos que lo mejor es anular. No entrar en el juego de validar ninguna de las dos constituciones. No caer en ese juego falso donde no se juega absolutamente nada. 

Y, además, como ya aprendimos en el proceso anterior, nada de lo que suceda según vaivenes epocales y electorales podrá solucionar un problema constitucional que, así como vamos, se resolverá de la manera menos esperada. Ni en el momento exacto ni en el menos indicado. En un limbo intermedio.

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